CONFIRMACIÓN DEL ACUERDO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

AVASCONSULT SOLUCIONES INTEGRALES, S.L. con CIF B87998159, y con domicilio en Calle Pedrezuela, 4-bajo 13, P.I. Ventorro del Cano, Urb. Skyline VIII, 28925 Alcorcón(Madrid).

EXPONE

I.El Cliente tiene actualmente contratado la prestación de servicios de asesoramiento y gestión contable, gestión fiscal y mercantil, y servicios económicos-financieros.

  1. AVASCONSULT SOLUCIONES INTEGRALES, S.L. (en lo sucesivo, “LA PROFESIONAL”) es una entidad especializada en la prestación de los servicios anteriormente indicados y cuenta con los elementos personales y materiales necesarios para ello.

III. El Cliente y LA PROFESIONAL tienen convenido celebrar el presente Acuerdo, lo que llevan a efecto con arreglo a las siguientes,

CLÁUSULAS

1. CONTRATACIÓN DE LA PROFESIONAL:

Por el presente el Cliente contrata los servicios de LA PROFESIONAL, quien acepta prestarlos al Cliente, todo ello en los términos y condiciones establecidos en este Acuerdo.

2.ÁMBITO DE LOS SERVICIOS:

Los servicios que LA PROFESIONAL deberá prestar al Cliente de acuerdo con los términos y condiciones de este Acuerdo son los relacionados en el Anexo A.                 Los servicios serán prestados en las oficinas de LA PROFESIONAL y con los medios de ésta. El horario será determinado por LA PROFESIONAL.

3.DILIGENCIA – DIRECCIÓN:

LA PROFESIONAL prestará los servicios materia de este Acuerdo con diligencia y puntualidad, todo ello a uso de buen y ordenado comerciante.

LA PROFESIONAL responderá ante la Gerencia del Cliente del desempeño de las funciones que le corresponden de acuerdo con este Acuerdo.

4.HONORARIOS:

Por los servicios que LA PROFESIONAL se obliga a prestar al Cliente en relación con este Acuerdo, corresponderán a LA PROFESIONAL los honorarios establecidos para cada clase de servicios estipulados y acordados e incluidos en el Anexo A, y que serán revisables cada 3 meses en función del volumen, objetivos y resultados.

En caso de prórroga de este Acuerdo, el importe de los honorarios establecido será revisado, con carácter general y para cada periodo de prórroga, en la misma proporción en que varíe al alza, en su caso, el Índice General de Precios al Consumo (IPC), según conste publicado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya, a cuyo efecto se comparará el IPC del mes inmediatamente anterior a la fecha de inicio del periodo de prórroga de que se trate con el IPC correspondiente a ese mismo mes del año anterior.

5.GASTOS:

Los gastos, tales como viajes, o aquellos relativos a comunicaciones, locomoción, fotocopias, tasas, etc., en que LA PROFESIONAL incurra con ocasión de prestar los servicios materia de este Acuerdo serán de cargo del Cliente y se facturarán, en la medida en que se incurra en ellos, con arreglo a lo establecido en la cláusula 6.

6.FACTURACIÓN – FORMA DE PAGO:

Los honorarios a que se refiere la cláusula 4 se facturarán por meses vencidos a partir del mes correspondiente a la fecha de este Acuerdo. Las facturas se emitirán dentro de los cinco (5) últimos días del mes de que se trate y su importe deberá ser pagado  máximo dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de su emisión.

Los gastos a que se refiere la cláusula 5 se facturarán junto con los honorarios correspondientes al mes siguiente a aquel en que tales gastos hayan sido incurridos.

Los honorarios acordados han sido determinados en base a circunstancias y volumen de trabajo estimados con arreglo a información facilitada por el Cliente. LA PROFESIONAL se reserva el derecho a revisar el importe de estos honorarios en caso de que las circunstancias o el volumen de trabajo estimados no se correspondan con los que resulten del conocimiento real y concreto de la situación del Cliente una vez iniciada la prestación de los servicios contratados o se produzca un cambio o variación significativa en las circunstancias o volumen de trabajo inicialmente considerados. En estos casos, la revisión del importe de los honorarios se realizará teniendo en cuenta la revisión de las tarifas de LA PROFESIONAL aplicables a la generalidad de sus clientes y las circunstancias y volumen de trabajo realmente previstos.

7. CONFIDENCIALIDAD:

Todos los documentos, escritos, información, etc. elaborados por LA PROFESIONAL en relación con el Cliente o su personal o sus actividades durante la vigencia de este Acuerdo son y seguirán siendo siempre propiedad del Cliente. No obstante, LA PROFESIONAL tendrá derecho a conservar copia de tales documentos, escritos, información, etc. en la medida en que LA PROFESIONAL lo estime conveniente.

LA PROFESIONAL se obliga a guardar secreto profesional, tanto durante la vigencia de este Acuerdo cuanto después de su terminación, sobre las materias que no estando en el dominio público sean privativas del Cliente, quedando exceptuada de esta obligación información que LA PROFESIONAL deba revelar en cumplimiento de leyes o reglamentos o por requerirlo u ordenarlo una agencia u organismo administrativo o un juez o tribunal competente en ejercicio de sus competencias.

8. DURACIÓN – PRÓRROGA:

El presente Acuerdo se establece por un periodo inicial de un (1) año contado desde la fecha de inicio de Acuerdo, transcurrido el cual este Acuerdo se entenderá prorrogado por sucesivos periodos de un (1) año, salvo notificación dada en contrario por cualquiera de las partes con tres (3) meses de antelación a la fecha de finalización del periodo inicial de este Acuerdo o de cualquiera de sus prórrogas.

9. LEY APLICABLE:

Este Acuerdo estará regido en todos sus aspectos, incluyendo validez, interpretación y eficacia, por el derecho común español, con exclusión de todo derecho foral.

11. ACUERDO COMPLETO.

Este Acuerdo constituye el acuerdo total entre las partes con respecto a las materias objeto del mismo, deja sin efecto todo acuerdo verbal o escrito entre las partes con anterioridad al mismo y solamente podrá ser modificado por otro acuerdo escrito firmado por ambas partes.

 

Anexo A

DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE LA PROFESIONAL

1.Asesoría Contable:

(a)preparación y elaboración de asientos en el Libro Diario;

(b)ordenación y archivo de documentación corriente para su envío al cliente;

(c)envío al cliente de Balance de Situación, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Balance de Sumas y Saldos;

(d)conciliación bancaria y contable;

(e)elaboración, preparación y legalización del Libro Diario e Inventario cuando corresponda, así como de las Cuentas Anuales(en caso de Sociedades).

(f)elaboración del Libro Mayor;

(g)llevanza de los libros de I.V.A.;

2.Gestión Fiscal:

(a)liquidación de impuestos y confección de los impresos en relación con(en cada caso conforme corresponda):

  • I.V.A. (trimestrales y resumen anual)
  • Retenciones por trabajo personal y arrendamientos a cuenta del I.R.P.F. (trimestrales y resumen anual)
  • Declaración anual de Operaciones con terceros
  • Impuesto de Sociedades o Impuesto de la Renta de las personas físicas

(b)atención y contestación de requerimientos administrativos de la gestión fiscal realizada por LA PROFESIONAL;

3.Gestión Laboral:

(a)preparación y elaboración de nóminas mensuales

(b)preparación y envío de Seguros Sociales mensualmente mediante comunicación SILTRA

(c)altas y bajas empleados, elaboración de contratos y documentación de liquidación, baja y finiquito, así como envío de Certificado al SEPE.

(d)Gestión de bajas por IT en S.Social y Mutua

(e) Gestión/inclusión de formación bonificada en Seguros Sociales

(d)No estarán incluidos los servicios de simulación de nómina, y asesoramiento profesional/legal a nivel laboral, y estos servicios se tarificarán a parte del fee mensual establecido.

4.Asesoría Mercantil y Económico-Financiera:
Estos servicios tendrán una tarificación y valoración a parte de los honorarios mensuales anteriormente descritos, al igual que la solicitud de subvenciones y ayudas o cualquier otra gestión/actividad que no tenga ver con lo anteriormente descrito.

CONSENTIMIENTO EXPRESO CLIENTES

En aras a dar cumplimiento al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y siguiendo las Recomendaciones e Instrucciones emitidas por la Agencia Española de Protección de Datos (A.E.P.D.), SE INFORMA:

  • Los datos de carácter personal solicitados y facilitados por usted, son incorporados un fichero de titularidad privada cuyo responsable y único destinatario es AVASCONSULT SOLUCIONES INTEGRALES, S.L.
  • Solo serán solicitados aquellos datos estrictamente necesarios para prestar adecuadamente los servicios solicitados, pudiendo ser necesario recoger datos de contacto de terceros, tales como representantes legales, tutores, o personas a cargo designadas por los mismos.
  • Todos los datos recogidos cuentan con el compromiso de confidencialidad, con las medidas de seguridad establecidas legalmente, y bajo ningún concepto son cedidos o tratados por terceras personas, físicas o jurídicas, sin el previo consentimiento del cliente, tutor o representante legal, salvo en aquellos casos en los que fuere imprescindible para la correcta prestación del servicio.
  • Una vez finalizada la relación entre la empresa y el cliente los datos serán archivados y conservados, durante un periodo tiempo máximo de 3 meses, detrás lo cual serándevueltos íntegramente al cliente o autorizado legal.
  • Los datos que facilitó serán incluidos en el Tratamiento denominado Clientes de AVASCONSULT SOLUCIONES INTEGRALES, S.L., con la finalidad de gestión del servicio contratado, emisión de facturas, contacto…, todas las gestiones relacionadas con los clientes manifestando su consentimiento para ello. También manifiesta que se le ha informado de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, indicándolo por escrito a AVASCONSULT SOLUCIONES INTEGRALES, S.L. al mail info@avasconsult.es.
  • Consiente que los datos personales sean cedidos por AVASCONSULT SOLUCIONES INTEGRALES, S.L. a las entidades que prestan servicios a la misma.
  • Así mismo, todos los documentos, escritos, información, etc. elaborados por AVASCONSULT SOLUCIONES INTEGRALES,

S.L. en relación con el Cliente o su personal o sus actividades durante la vigencia del Acuerdo, son y seguirán siendo siempre propiedad del Cliente. No obstante, AVASCONSULT SOLUCIONES INTEGRALES, S.L. tendrá derecho a conservar copia de tales documentos, escritos, información, etc. en la medida en que esta lo estime conveniente.

  • AVASCONSULT SOLUCIONES INTEGRALES, S.L. se obliga a guardar secreto profesional, tanto durante la vigencia del Acuerdo, cuanto después de su terminación, sobre las materias que no estando en el dominio público sean privativas del Cliente, quedando exceptuada de esta obligación información que AVASCONSULT SOLUCIONES INTEGRALES, S.L. deba revelar en cumplimiento de leyes o reglamentos o por requerirlo u ordenarlo una agencia u organismo administrativo o un juez o tribunal competente en ejercicio de sus competencias.