Estimados Clientes,

Por el presente informarles que la campaña de la Renta y Patrimonio de 2020 comenzará el día 6 de abril de 2022 para la presentación de declaraciones por Internet, el 5 de mayo para los que quieran realizarlas por teléfono, y el 1 de junio para la presentación en las oficinas, prolongándose hasta el 30 de junio de ese año, excepto para los contribuyentes cuyo resultado sea a ingresar y quieran domiciliar el pago, en cuyo caso, la fecha tope será el 27 de junio.

Así lo indica el calendario del contribuyente recientemente publicado elaborado por la Agencia Tributaria para el próximo ejercicio.

En concreto, el 6 de abril arranca la campaña para la presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2021, mientras que los contribuyentes que deseen realizar por teléfono la declaración de Renta podrán hacerlo desde el 5 de mayo.

Asimismo, los contribuyentes que opten por la presentación presencial en las oficinas de la AEAT de la declaración anual de Renta 2021 podrán hacerlo a partir del 1 de junio, en torno a medio mes más tarde de la fecha en que habitualmente solía iniciarse.

El plazo de la campaña de 2020 finalizará el 30 de junio en general, si bien concluirá con anterioridad, el 27 de junio, en los casos de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta. Además, aquellos que elijan el fraccionamiento del pago de la declaración tendrán que realizar el segundo abono como límite el 5 de noviembre de 2022.

La declaración de la Renta 2021-2022 tiene algunas novedades importantes:

  1. a) Cambian las desgravaciones en los planes de pensiones privados individuales a 2.000 euros como aportación máxima.

b)Habrá mejoras en las deducciones en relación a las obras destinadas a la eficiencia energética de la vivienda; las ayudas de La Palma estarán exentas de IRPF; se aumentará un 1% el Impuesto sobre el Patrimonio para los patrimonios superiores a los 10 millones de euros hasta un tipo del 3,5%. Habrá reducciones para impulsar la rehabilitación edificatoria de un 20% con un máximo de 5.000 euros, para obras de la mejora de la eficiencia energética de viviendas (realizadas hasta el 31 de diciembre de 2022) y que contribuya a la reducción de un 7% de la demanda de calefacción y refrigeración.

c)Por último, hay que tener en cuenta que aquellos que tengan criptomonedas tendrán que informar de ellas, así como las operaciones que se realicen con las mismas.

Así mismo, se han establecido unos nuevos tramos del IRPF. Los rendimientos para el trabajo quedarían de la siguiente manera:

–Primer tramo hasta 12.450 euros: 19%.

–Segundo desde 12.450 euros hasta 20.200 euros: 24%.

–El tercer tramo desde 20.200 hasta 35.200 euros: 30%.

–Cuarto tramo desde 35.200 hasta 60.000 euros: 37%.

–Un quinto desde 60.000 hasta 300.000 euros: 45%.

–Sexto tramo a partir de 300.000 euros: 47%.

Por su parte, las rentas del ahorro quedan de la siguiente forma:

–Primer tramo hasta 6.000 euros: 19%.

–Segundo tramo desde los 6.000 euros a los 50.000 euros: 21%.

–Un tercero desde los 50.000 euros a los 200.000 euros: 23%.

–Cuarto tramo desde los 200.000 euros: 26%.

Por todo ello, y como años anteriores, a  todos los interesados en que les elaboremos sus declaraciones, sería conveniente que fueran enviando la siguiente documentación, aparte de la que particularmente y de forma excepcional, tengan que declarar alguno de Vds:

  • Certificado de Retenciones: Este documento lo facilita la empresa/as para la que se trabaja, y refleja los importes de los ingresos (rendimientos del trabajo), retenciones practicadas y gastos en seguridad social, así como dietas e indemnizaciones, etc.
  • Certificado de Pensiones. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social lo envía a los contribuyentes durante los meses de febrero y principio de marzo.
  • Certificado Aportación a Planes de Pensiones.
  • Certificado de Donativos: Si se ha hecho algún donativo, la entidad que lo ha recibido nos deberá hacer llegar el certificado correspondiente a la cantidad entregada.
  • Información Fiscal: Es facilitada por su(s) entidad(es) financiera(s). Normalmente se envía por correo a su domicilio. Facilita como mínimo los siguientes datos:
    • Saldo medio del último trimestre
    • Saldo a 31 de diciembre de cada año
    • Importe Hipoteca
    • Capital Pendiente de amortizar a 31 de diciembre
    • Capital e Intereses pagados por hipoteca
    • Intereses abonados
    • Retención practicada sobre los intereses abonados.
  • Actividad económica en estimación directa: libro registro de facturas emitidas/recibidas y bienes de inversión y las facturas originales de dichas facturas durante, al menos, 5 años.
  • Libro de familia (en su caso)
  • Copia de la escritura de compra de vivienda habitual(no necesario pero si es conveniente conocer y tener localizado)
  • Copia de la escritura de hipoteca de la vivienda habitual(no necesario pero si es conveniente conocer y tener localizado)
  • Copia de certificado de empadronamiento en la vivienda habitual
    (para deducciones de préstamos hipotecarios destinados a adquisición de vivienda habitual)
  • Recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. (I.B.I. / CONTRIBUCIÓN)
  • Si se ha procedido a la venta de algún inmueble ( piso, terreno, local, etc) que fuera de nuestra posesión, es necesaria la copia de la escritura de compra del inmueble y la correspondiente a la venta, para proceder a calcular en su caso la ganancia o pérdida patrimonial
  • Subvenciones Recibidas: Si se ha recibido alguna subvención ya sea estatal o de la comunidad autónoma, la carta de concesión de la subvención
  • Cuotas por afiliaciones a sindicatos/partidos politicos: Si se está afiliado a algún sindicado o a algún partido político, las cantidades satisfechas son deducibles y por tanto el sindicato o partido político deberá entregar el documento en el que certifique la cantidad entregada.
  • Copia de la declaración de la renta del año anterior(2020), en caso de no haberla elaborado ni presentado nosotros.
  • Documentación acreditativa del ingreso y reclamación(judicial o extrajudicial) bancaria: clausula suelo, gastos hipotecarios, hipoteca multidivisa, etc…

Rogamos nos vayan confirmando la solicitud de su elaboración para agendar sus peticiones adecuadamente por orden de llegada de las mismas, volumen de documentación, necesidades en la presentación,  dificultad en la elaboración, etc…

 

Estamos a su total disposición para lo que necesiten aclarar, reciban un cordial saludo.